Hola colegas, pregunto, está prohibido por ley en Argentina el corte de orejas y de cola ?.
Hasta donde yo sé no está prohibido. Todavía nos regimos por la ley 14.346 (ley Sarmiento, incluída en el código Penal), de 1954; que en su artículo 3 (prohibición de actos de crueldad), en su inciso 2 dice : "Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad." Entiendo que es ambigua la palabra "mejoramiento" y es subjetivo si un corte de orejas o cola mejora la raza. También habrá quien pueda alegar que esos cortes permiten a veces mejor ventilación del oído o contribuyen a la higiene perineal.
Si puede pasar que aunque no hay prohibición expresa , alguien denuncie una de esas cirugías como "acto de crueldad" y. de llegarse a un juicio quedará en la interpretación que el juez si el caso se encuadra o no en el texto de la ley.
Liliana, muchas gracias por la respuesta, muy clara. Saludos.